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EL DIARIO digital
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Un fallo judicial en la localidad cordobesa de Huinca Renancó impuiso una serie de medidas contundentes para garantizar el cumplimiento de la cuota alimentaria de un padre deudor. El juez Lucas Ramiro Funes, amparado en el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación, impuso restricciones severas a un hombre que, además de trabajar en negro, no poseía bienes registrables a su nombre.
Entre las medidas más destacadas, se ordenó la retención de su carnet de conducir, la suspensión de sus líneas telefónicas y el embargo de bienes muebles no registrables mediante allanamiento con uso de la fuerza pública. Además, se comunicó a la fiscalía para evaluar posibles implicaciones penales y se lo inscribió en el Registro de Deudores Alimentarios, lo que genera antecedentes negativos.
"No porque se trabaje en negro, la justicia se quedará sin herramientas para hacer cumplir las obligaciones alimentarias", explicó Funes en diálogo con el portal Impacto Informativo, de Realico. El juez destacó que la situación de vulnerabilidad de la madre y los hijos obligó a una respuesta inmediata ya que la familia no contaba con recursos para alimentos ni para pagar servicios básicos.
"Había un acuerdo homologado entre las partes, que propusieron componer su relación, pero ese acuerdo no se cumplió", explicó el funcionario judicial. Y añadió: "tuvimos que ubicar residencia actual, porque se había mudado y se procedió a la retención del carnet de conducir. También se decidió suspender las líneas telefónicas y le prohibimos que pueda acceder a otras líneas, mientras que se realizó el embargo de bienes dentro de su residencia porque no tenía nada a su nombre. Estos vienen se podrán subastar para obtener dinero y saldar la deuda generada por el incumplimiento".
El juez indicó además que las medidas, aunque poco comunes, ya tienen antecedentes en la jurisprudencia. En otros casos, se han aplicado restricciones como la prohibición de asistir a espectáculos públicos o incluso arrestos temporarios los fines de semana. "Cada situación es distinta, pero la justicia debe actuar con firmeza para garantizar el bienestar de los niños", subrayó Funes.
"Fueron muchas medidas concentradas y continuadas por la situación de vulnerabilidad de la mujer y sus hijas, para quienes hemos solicitado asistencia hasta tanto se regularice su situación", completó el juez cordobés.
Y consideró que "es bueno que se difundan este tipo de decisiones porque es un freno a aquellos deudores que no se hacen cargo, que dicen no tienen nada de donde agarrarme.
Podría haber tomado medidas más gravosas pero la idea no es causarle perjuicio a nadie, pero si no tiene para comer la familia, no puede seguir como si nada el padre".
Entre las medidas que se podrían dictar se encuentra el arresto, "pero siempre trato que estos temas se solucionen en audiencias, entre las partes. Ahora si hacen un acuerdo y después no lo cumplen, están burlando las obligaciones hacia sus hijos".
También indicó que hay numerosos casos similares, ya que "hay personas que tienen autos 0 km, otros viajan a ver equipos de futbol o disfrutan de espectáculos mientras sus hijos no reciben cuota alimentaria. Es la primera vez que tomamos este tipo de medidas, pero casos similares siempre hay y depende cada situación para decidir cómo encontrar una solución".
Finalmente, el juez manifestó que el padre "ha prestado buena voluntad ante la situación y a fin de 2024 se realizó un nuevo acuerdo, cuya primera cuota ha sido cumplida en enero de este 2025".