La causa agrupa a 994 personas. Ante el desacuerdo entre partes, la jueza Adriana Pascual tendrá que dictar sentencia después de que se incorporen las pruebas.
Escuchá esta nota
EL DIARIO digital
minutos
La jueza civil de primera instancia, Adriana Pascual, realizó la audiencia de conciliación en el marco del amparo colectivo por las cuotas de los planes de ahorro de automotores, pero no hubo acuerdo entre las partes y, por lo tanto, la causa concluiría con una sentencia de la magistrada luego que los demandantes y los demandados incorporen al expediente las pruebas que ya fueron autorizadas.
La novedad del amparo en La Pampa es la cantidad de consumidores que agrupa la causa (994) y también la de administradores de fondos (ocho). La audiencia fue presencial para los abogados y, debido a las restricciones por la pandemia, para un grupo mínimo de consumidores; mientras que el resto que optó por participar lo hizo vía Zoom.
En un inicio, en noviembre de 2019, Pascual hizo lugar a la medida cautelar de los clientes e intimó a las empresas administradoras de planes de ahorro a que “fijen el valor de las futuras cuotas correspondientes a los planes celebrados con los amparistas (con contratos suscriptos), domiciliados en la jurisdicción de La Pampa, a los valores facturados al 1° de abril de 2018 individualmente”.
Esa resolución fue ratificada ante distintos recursos por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa, e incluso ayer el Superior Tribunal de Justicia hizo lo propio frente al recurso extraordinario provincial promovido por una de las empresas (Círculo de Inversores S.A. de Ahorro Previo para fines Determinados-CISA, Peugeot).
Las partes
Este viernes la titular del Juzgado en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería 5 de Santa Rosa citó a la audiencia prevista en el artículo 462, inciso 4) del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia en los procesos sumarísimos. Ese texto indica que “si hubiere hechos controvertidos, (el juez/a) concentrará en una sola audiencia la conciliación, la fijación de puntos en debate y ordenará la producción de prueba”.
A ella asistieron en nombre de los demandantes, los abogados Pedro álvarez Cortina y el abogado Franco Catalani –en ambos se unificó la representación legal del casi millar de consumidores–; mientras que los abogadas de las firmas demandadas fueron Rodrigo Carballo, Juliana Stock Capella, Guillermo Allasia, Eduardo Pascual, Luciano Alba y Nicolás Romano.
Los seis actúan en nombre de Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados, Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados, FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados, Plan óvalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados, Plan Rombo S.A. de Ahorro para Fines Determinados, Interplan S.A. de Ahorro para Fines Determinados y Toyota Plan Argentina S.A. de Ahorro para Fines Determinados y CISA.
El punto central
Ante la falta de conciliación, cada una de las partes ofreció sus pruebas (informes a la Inspección General de Justicia, pericias contables, contratos, declaraciones testimoniales, etc.) y Pascual las proveyó. Lo que resta es que cada una de las partes incorpore esas pruebas al expediente para que luego la jueza dicte la sentencia, siempre y cuando previamente no existiera un acuerdo (hay tiempo de alcanzarlo hasta la firma del fallo).
El punto central de la discusión –en el contexto de la Ley de Defensa del Consumidor– es que los usuarios plantearon la imposibilidad de continuar abonando las cuotas de los planes para adquirir vehículos cuando, entre abril de 2018 y agosto de 2019, aumentaron por encima de la inflación.