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Tenía 14 años, fue a dormir a la casa de un amiga y la violaron: condenaron al atacante a 6 años de prisión

El agresor tenía 18 años al momento del ataque Invocó amnesia alcohólica pero no fue atenuante
El agresor tenía 18 años al momento del ataque. Invocó amnesia alcohólica, pero no fue atenuante.
Un joven de 20 años fue condenado a seis años de prisión por la violación de una chica de 14 años que estaba durmiendo con una prima del atacante, en una casa vecina de la abuela de la víctima. El agresor estaba alcoholizado e invocó amnesia, pero esto no fue tenido como atenuante. 

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El juez de Audiencia Sustituto, Marcos Sacco dictó la sentencia. La resolución analizó testimonios, informes médicos, pericias psicológicas y pruebas genéticas de ADN para dictar una condena de efectivo cumplimiento.

El condenado es un joven empleado rural de 20 años al momento de la condena (18 cuando ocurrió el hecho) y sin antecedentes penales. La víctima es una adolescente que tenía 14 años al momento del ataque y 15 al declarar en Cámara Gesell.

El hecho judicialmente acreditado

La reconstrucción probatoria aprobada en la sentencia permitió fijar fecha, hora y lugar del hecho. Ocurrió la madrugada del domingo 2 de marzo de 2025, a las 4:00 a.m., en la casa de una amiga de la víctima en Santa Rosa. La adolescente se quedó a dormir con autorización materna. Tras irse a descansar a la habitación compartida, arribó sin previo aviso el acusado —primo de la dueña de casa—, a quien armaron una cama en la misma habitación.

Según lo probado por el tribunal, el agresor se aproximó a la cama de la víctima y comenzó a tocarle el cuerpo. Ante la parálisis de la menor por temor, el sujeto la tomó del brazo, la trasladó a su colchón y la sometió a un acceso carnal no consentido mediante violencia e intimidación. Durante el episodio, la joven lloró sin poder reaccionar. Al finalizar la agresión, la víctima logró ir al baño y envió un mensaje por Instagram a su madre desde una computadora, pidiéndole entre lágrimas que la fuera a buscar porque había sido abusada. La madre la sacó de la casa en plena madrugada.

El debate entre la Fiscalía y la Defensa

Durante el juicio se contrapusieron dos posturas. La acusación estuvo a cargo de la fiscal Verónica Ferrero, quien encuadró la conducta en el delito de abuso sexual agravado por acceso carnal mediando violencia (artículo 119, primer y tercer párrafo del Código Penal), en el marco de las Leyes 26.485 y 26.061. La fiscal remarcó la solidez del relato de la menor, las lesiones constatadas y el resultado positivo de la prueba de ADN, solicitando 7 años de prisión y prisión preventiva.

Por su parte, la defensora oficial Susana Clementina Dacal argumentó falencias procesales y planteó amnesia alcohólica del acusado por consumo prolongado previo al hecho, sosteniendo que dicha intoxicación descartaba el dolo. Asimismo, sugirió que el trauma psicológico de la menor podía vincularse a vivencias previas en su entorno familiar, como un accidente doméstico con un arma casera. Subsidiariamente, solicitó recalificar al delito de abuso con aprovechamiento de la inmadurez sexual (artículo 120 del Código Penal) con pena mínima en suspenso.

El cuadro probatorio y los testimonios clave

Para alcanzar la certeza requerida, el magistrado analizó un conjunto de elementos probatorios decisivos.

Testimonio de la madre y del dueño de casa: La madre de la adolescente detalló la recepción del desesperado mensaje de auxilio, el hallazgo de prendas manchadas con sangre y moretones en los brazos de la niña. Subrayó que, tras la agresión, la vida de su hija cambió por completo: dejó de ir a la escuela, se aisló en su habitación, dejó de sonreír y sufrió severos episodios de angustia. El dueño de casa confirmó la presencia de la víctima y la llegada nocturna del imputado.

Pericias médicas y forenses: Las doctoras Carola Luján Carrera (ginecológica) y Romina Camarero (Sanidad Policial), junto con la médica forense Romina Meneguzzi, constataron equimosis en el cuerpo de la menor y lesiones genitales recientes. Coincidieron en que tales hallazgos eran compatibles con una penetración violenta e intempestiva.

Prueba genética de ADN: Los estudios de la Agencia de Investigación Científica y del Laboratorio de Genética Forense, expuestos por la licenciada Cecilia Bobillo, confirmaron semen en las muestras tomadas a la víctima. El examen de ADN dio coincidencia positiva con el perfil del imputado, siendo 9.000 millones de veces más probable la aportación de su material genético que la de una persona al azar.

Evaluaciones psicológicas y psiquiátricas: La psicóloga tratante Guadalupe Kunusch y la perito oficial Ana Belén Phagouapé ratificaron la coherencia del relato de la menor en Cámara Gesell. Ambas diagnosticaron trastorno por estrés postraumático severo con aislamiento y culpa, derivado directamente de la agresión sufrida. En tanto, el psiquiatra José Marcos Koncurat confirmó que el acusado comprendía cabalmente la criminalidad de sus actos.

La sentencia y la pena dictada

El juez Marcos Hernán Sacco descartó las nulidades planteadas por la defensa y rechazó el argumento de la amnesia alcohólica, señalando que el consumo voluntario de alcohol no elimina la responsabilidad penal ni el dolo cuando el acusado actuó con conocimiento de la falta de consentimiento de la víctima.

En consecuencia, el magistrado resolvió condenar al imputado a la pena de 6 años de prisión de efectivo cumplimiento como autor del delito de abuso sexual agravado por acceso carnal mediando violencia.  

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