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EL DIARIO digital
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de queja presentado por la defensa de Enzo Walter Gauna, condenado a prisión perpetua por el femicidio de Valeria Coggiola, ocurrido en General Pico en junio de 2019. Con esta decisión, la sentencia condenatoria dictada por la Justicia pampeana queda firme.
El máximo tribunal del país resolvió el 15 de abril de 2025 que el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Gauna era inadmisible, conforme al artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que habilita a la Corte a desestimar causas sin emitir pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión.
En su voto, el ministro Ricardo Lorenzetti destacó expresamente que la desestimación de un recurso bajo ese artículo "no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida", en línea con la jurisprudencia del tribunal en casos similares.
La defensa de Gauna, representada por el Dr. Gastón Eduardo Gómez, había presentado la queja luego de que el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa le denegara el recurso extraordinario federal. Previamente, la condena a prisión perpetua dictada por el Tribunal de Audiencia de la Segunda Circunscripción Judicial de la provincia había sido confirmada por el Tribunal de Impugnación Penal.
El hecho
Valeria Coggiola fue asesinada por Gauna el 25 de junio del 2019, a la madrugada, en la vivienda de la víctima, en General Pico. Allí, ambos se encontraban en un dormitorio, cuando el hombre, de 28 años en ese momento, le dio muerte a la mujer mediante 18 puñaladas y siete cortes, principalmente en las zonas del cuello y la parte superior del tórax. El acusado luego se fue a Catriló, a la casa de su expareja, y en esa localidad fue detenido.
La sentencia fue dictada por los jueces Marcelo Luis Pagano, María José Gianinetto y Carlos Federico Pellegrino, quienes coincidieron en un todo con la calificación legal requerida por los fiscales Guillermo Komarofky e Ivana Soledad Hernández. A esos alegatos se adhirieron durante el juicio, los querellantes Víctor Pérez padre de los hijos de la víctima, quien estuvo representado por el defensor oficial Alejandro Caram y la Secretaría de la Mujer de la Provincia de La Pampa, representada por Silvana Andrea Abraham.
El defensor particular, Gastón Gómez, en cambio, alegó que Gauna actuó "en un estado de emoción violenta, impulsado por agentes externos" entre otros, el aborto practicado por Coggiola de un hijo que presuntamente era suyo y "sin haber planificado nada, sino siendo algo inesperado".
El tribunal no ahondó demasiado en el hecho en sí, porque la propia confesión de Gauna y los testimonios de varias personas entre ellas familiares directos a las cual le confesó el femicidio, no dejaron lugar a dudas sobre su autoría.