La Pampa

Rechazan reclamo de un funcionario judicial

El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa declaró inadmisible un recurso extraordinario presentado por el funcionario judicial Guillermo Andrés Severio en el marco de una demanda por daños y perjuicios contra el Sindicato de Trabajadores Judiciales.

Escuchá esta nota

EL DIARIO digital

minutos

El conflicto tuvo origen en una publicación que el actor consideró ofensiva y basada en información falsa, en relación a su accionar durante un paro convocado por el gremio.

El fallo fue dictado el pasado 8 de abril por la Sala A del máximo tribunal provincial, que concluyó que el recurso de Severio no cumplía con los requisitos técnicos exigidos por la normativa procesal.

Severio, representado por los abogados Santiago Costabel y José Mario Aguerrido, había cuestionado una resolución de la Sala 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, que había desestimado su apelación contra el fallo de primera instancia. Según el recurrente, la sentencia carecía de fundamentos adecuados y omitía hechos clave del expediente, como la existencia de una orden superior que motivó su accionar y el conocimiento que de ello tenía el sindicato.

El funcionario alegó que la publicación en redes sociales del gremio lo responsabilizaba personalmente por solicitar un informe sobre quiénes habían adherido al paro, sin reconocer que actuaba por orden de sus superiores. Afirmó que la actitud del sindicato fue deliberada, que nunca rectificó la información, y que esa conducta le causó un perjuicio a su honor.

Sin embargo, el STJ consideró que el recurso no contenía un relato claro de los antecedentes del caso, dificultando su análisis. "El escrito que contiene la impugnación no ofrece el necesario y suficiente cuadro fáctico y jurídico para que el tribunal se encuentre en condiciones de llevar a cabo su función correctora", sostuvieron los jueces María Verónica Campo y José Roberto Sappa.

Además, el tribunal entendió que la crítica del actor a la sentencia apelada era genérica y no constituía una objeción razonada a los fundamentos del fallo anterior. También señaló que, aunque el recurso invocaba la causal de falta de fundamentación, en realidad abordaba otros aspectos –como la valoración de la prueba o la supuesta arbitrariedad– que no están contemplados por la vía utilizada.

También te puede interesar...