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Condenan a prisión una madre por usurpar un departamento

La condena es una respuesta punitiva a un problema estructural, ignorando alternativas como la mediación o la asistencia social para evitar la prisión de una madre con seis hijos.

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EL DIARIO digital

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La Jueza de Audiencia Alejandra Ongaro condenó a una joven madre con seis hijos a seis meses de prisión efectiva por el delito de usurpación. La decisión fue tomada tras un proceso en el que se probó que la imputada, de iniciales MAB, ingresó sin autorización a una vivienda en Santa Rosa.

MAB, de 35 años, madre de seis hijos, fue acusada de ingresar y permanecer en un departamento ubicado en la calle Callaqueo 646, propiedad de Daniel Osvaldo Cáceres, entre el 29 de diciembre de 2023 y el 5 de enero de 2024. Según la investigación, la imputada accedió al inmueble a través de un portón que estaba atado con un alambre y luego ingresó por una puerta balcón sin rejas de protección. La fiscal Leticia Pordomingo sostuvo que estos hechos constituyeron una ocupación clandestina y sin consentimiento del dueño.

La defensa de B, representada por el Defensor Oficial Juan José Hermúa, argumentó que la acusada había ingresado a la vivienda con permiso del propietario, alegando una relación previa entre ambos. Sin embargo, la jueza Ongaro desestimó esta versión, concluyendo que no existía evidencia suficiente para sostener que Cáceres hubiese autorizado la ocupación.

B. declaró que conocía a Cáceres desde hace más de cinco años y que él le había permitido vivir en la propiedad a cambio de encuentros personales. Sin embargo, el denunciante negó cualquier tipo de vínculo con la acusada y afirmó que nunca le cedió el derecho de habitación. La Fiscalía presentó testigos, entre ellos la hija del propietario y efectivos policiales que intervinieron en el desalojo, quienes respaldaron la versión del denunciante.

La decisión del tribunal

En su sentencia, la Jueza Ongaro determinó que existía prueba suficiente para condenar a MAB por el delito de usurpación, según lo estipulado en el artículo 181, inciso 1º del Código Penal. La magistrada consideró que la ocupación fue llevada a cabo mediante clandestinidad y que la imputada privó a Cáceres del uso y goce de su propiedad por más de un año.

Ongaro dijo que "MAB ingresó, junto con sus cuatro hijas e hijos menores, entre el 29 de diciembre del 2023 y el 05 de enero del 2024, en el inmueble propiedad de Daniel Osvaldo Cáceres, un departamento ubicado en la parte posterior, sito en calle Callaqueo Nº 1070, casa 646 de esta ciudad, sitio donde la acusada y su grupo familiar permanecieron hasta el pasado viernes 21 de febrero.

La acusada tenía conocimiento que dicha vivienda se encontraba desocupada, como así que su dueño estaba realizando remodelaciones al inmueble para posteriormente habitarlo, por lo que no tenía intención alguna en alquilarla.

Para consumar dicho ingreso y sin contar con ningún tipo de permiso, autorización o consentimiento por parte de Cáceres, B. abrió el portón de ingreso principal que se encontraba atado con un alambre y de esa forma accedió al patio trasero donde se ubica dicha vivienda.

Luego de ello, la acusada ingresó al departamento mismo de Cáceres, a través de una puerta balcón recientemente instalada, que en ese momento se encontraba sin rejas de protección".

Si bien la Fiscalía había solicitado un año de prisión efectiva, la jueza decidió imponer seis meses, teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad social de la acusada y su decisión de abandonar voluntariamente el inmueble en febrero de 2025. No obstante, debido a antecedentes penales previos por hurto en 2019, la pena será de cumplimiento efectivo.

La condena es una respuesta punitiva a un problema estructural, ignorando alternativas como la mediación o la asistencia social para evitar la prisión de una madre de familia.

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