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EL DIARIO digital
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El Tribunal de Impugnación Penal ratificó la condena contra Pablo Emanuel Lázaro Muse, presidente de la Comisión de Fomento de Rucanelo, por los delitos de peculado y uso de documento privado falso. La resolución, dictada el pasado 7 de febrero por los jueces Mauricio Piombi y Eugenia Schijvarger, desestimó el recurso de impugnación interpuesto por la defensa y confirmó la sentencia de dos años de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta perpetua.
El fallo original, emitido el 13 de junio de 2024 por el Tribunal de la Segunda Circunscripción Judicial, ya había determinado la responsabilidad de Lázaro Muse en la sustracción de fondos públicos mediante la presentación de 266 facturas apócrifas entre mayo de 2016 y septiembre de 2017. De acuerdo con la investigación, el exfuncionario logró desviar un total de $3.465.769,50 mediante la emisión de cheques "al portador" de la cuenta de la Comisión de Fomento de Rucanelo en el Banco de La Pampa.
La defensa, a cargo de la Defensora Oficial María Soledad Trímboli, había solicitado la absolución del acusado, argumentando una errónea aplicación de la ley y la falta de pruebas que demostraran un perjuicio concreto a la administración pública. Sin embargo, el tribunal de impugnación consideró que la maniobra del acusado quedó debidamente acreditada a través de la documentación y testimonios recabados durante el juicio, incluyendo el informe del Tribunal de Cuentas de la provincia, que detectó irregularidades en las rendiciones presentadas.
"El acusado no podía desconocer la falsedad de estas facturas, toda vez que, precisamente por su condición de Presidente de la Comisión de Fomento, es quien debía firmar y presentar la rendición de cuenta ante el organismo de control de la Provincia, por tanto no podía desconocer las compras que se realizaban, como tampoco que al pagar con un cheque este tiene un procedimiento determinado, -cheque cruzado y 'no a la orden'- para que sea presentado en la cuenta justamente del proveedor del servicio o bienes, precisamente para controlar que el pago se realizó a la persona correspondiente", aseguró Piombi.
En su resolución, los jueces destacaron que la mecánica utilizada por Lázaro Muse fue sistemática y que la cantidad de comprobantes falsos evidenciaba una conducta dolosa. Además, señalaron que la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos es una sanción acorde a la gravedad del delito cometido, descartando el planteo de inconstitucionalidad formulado por la defensa.
El caso de Lázaro Muse no es el único dentro de la provincia en el que se han detectado irregularidades en la administración de fondos públicos por parte de comisiones de fomento. Según el Tribunal de Cuentas, la práctica de presentar facturas falsas para justificar gastos inexistentes ha sido recurrente en varias administraciones comunales, lo que ha derivado en otras investigaciones judiciales.
La sentencia, además de la pena en suspenso, impone a Lázaro Muse restricciones de movilidad y el sometimiento al Ente de Políticas Socializadoras durante dos años.
Lazaro Muse puede apelar esta sentencia ante el Superior Tribunal de Justicia.