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Robó dólares y pesos, pero lo atraparon cuando escapaba

El imputado ingresó a una vivienda, de donde sustrajo una importante suma de dinero, pero al salir se encontró con la sorpresa de que lo estaba esperando la Policía.

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EL DIARIO digital

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General Pico (Agencia) - La jueza de Control de General Pico María Jimena Cardoso condenó a un joven con antecedentes a pena de prisión efectiva, en el marco de un acuerdo de juicio abreviado en el que quedó demostrado que ingresó a una vivienda de esta ciudad para sustraer una importante cantidad de dinero.

Emanuel Ezequiel Falcón fue considerado autor material y penalmente responsable del delito de "robo calificado por escalamiento en grado de tentativa". La pena establecida en el acuerdo de partes fue de un año y siete meses de prisión de efectivo cumplimiento.

En el mismo fallo, la jueza Cardoso le revocó la condicionalidad de una condena anterior, impuesta el 18 de octubre de 2024, y se la unificó con la actual condena, por lo que se compuso una pena única de un año y siete meses de prisión de efectivo cumplimiento.

La sentencia fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Damián Campos, el defensor Alejandro Caram y el imputado, quien reconoció la autoría del hecho. La víctima, al ser informada sobre los alcances del acuerdo, prestó su conformidad.

Las pruebas aportadas en la causa permitieron establecer que el 11 de noviembre de 2024, Falcón, luego de saltar un portón corredizo de 1,90 metros de alto, ingresó a un domicilio de General Pico y, tras dañar varias aberturas de la vivienda, logró ingresar por la parte trasera de la misma.

El imputado accedió al inmueble a través de la habitación principal, donde comenzó a buscar objetos de valor y dio con una suma de dinero en dólares y pesos argentinos. En total, el joven se llevó USD 4800 y $152.000.

Con el botín en su poder, el delincuente salió de la vivienda, pero en el exterior de la misma lo esperaba personal policial, que rápidamente lo aprehendió y recuperó el dinero que acababa de sustraer y portaba entre sus prendas de vestir.

Sobre la sanción a aplicar al imputado, la magistrada recordó en su fallo que "el acuerdo entre las partes establece un límite que el juez no puede sobrepasar, según lo dispuesto en el artículo 369 del C.P.P".

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