La Pampa

Le rompió el auto a su ex y lo condenaron a tres años y un mes de prisión

Un hombre de 46 años (que tenía una condena en suspenso) fue condenado a tres años y un mes de prisión efectiva  por romper el auto de su ex pareja, mientras tenía una restricción de acercamiento. La víctima prestó su consentimiento.

Escuchá esta nota

EL DIARIO digital

minutos

La sentencia fue dictada por la jueza de audiencia Alejandra Ongaro. Fue mediante un juicio abreviado, con el acuerdo de la víctima.

El ataque ocurrió el 10 de diciembre del año 2024, a las 08:00 horas. El imputado causó intencionalmente daños en el auto -marca Chevrolet Prisma color gris- propiedad de su ex pareja, cuando estaba estacionado en la vía pública.

Las roturas en el rodado, consistieron en rayones desde la puerta del lado del conductor hasta la posterior, arrojando además líquido de freno sobre el capot, techo, baúl y paragolpe trasero.

El ataque del imputado -chofer- fue desplegado incumpliendo la medida de protección que fuera impuesta a 7 de noviembre de 2024 por el juez de la Familia y del Menor, Andrés Zulaica. Tenía prohibido el acceso y acercamiento a un radio de 200 metros del domicilio de su ex pareja.

Las partes (el acusado fue representado por Blanco, y el fiscal fue Walter Martos) por acordaron que se trató de un hecho de desobediencia judicial (art. 239 del C.P.), con daño simple, todos hechos valorados en el marco de la Ley 26.485 toda vez que se produjeron en un contexto de violencia de género.

Por este ataque se acordó una pena de seis meses de prisión.

El imputado manifestó el acuerdo y prestó su consentimiento al juicio abreviado y la pena acordada. Admitió ser autor de los hechos por los que se lo acusa.

"Analizada la prueba reunida y valorada conforme las reglas de la sana crítica, tengo la certeza de la existencia de los hechos investigados, que fueran puntualmente fijados en el acuerdo, como así que el acusado resulta ser el autor material de los mismos, sin perjuicio de la aceptación de esta autoría por parte del encartado", expresó la jueza Ongaro en la sentencia. También acordó con la pena.

Pero como el atacante tenía una pena de tres años de prisión en suspenso, se la unificaron y ahora deberá cumplir una pena de tres años y un mes de prisión efectiva.

La jueza Ongaro citó la jurisprudencia del STRJ en casos de juicio abreviado por hechos de violencia de género y ataque a la integridad sexual. Recordó que la opinión de la víctima no es vinculante pero dijo que "tiene gran peso". pero en este caso la víctima prestó su consentimiento al juicio abreviado y a la pena establecida.

  

También te puede interesar...