La Pampa

En La Pampa, la receta electrónica no es obligatoria

El Colegio de Farmacéuticos comunicó que la Provincia no adhirió a la Ley Nacional ni al decreto que la reglamenta. Y aclararon que se hacen recetas electrónicas a las obras sociales.

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EL DIARIO digital

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La implementación de la receta electrónica entró este miércoles 1 de enero en vigencia en todo el país, por lo que la prescripción de medicamentos deberá realizarse, únicamente, a través de las plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS), según lo dispuso el Ministerio de Salud de la Nación, mediante el Decreto 345/2024.

Sin embargo, el Colegio Farmacéutico de la provincia de La Pampa informó este jueves que el Estado provincial no adhirió a la ley de recetas electrónicas (Ley Nacional 27553/2020). Y por ende tampoco al Decreto 345/24 que la reglamenta. "Hasta tanto esto no se modifique, la misma no entra en vigencia en la provincia de La Pampa", detallaron desde el colegio.

Y advirtieron que "el SEMPRE, que no ha implementado la puesta en vigencia de la receta electrónica".

Además, por la importancia tecnológica de la herramienta, las farmacias de La Pampa ya hace varios meses que están dispensando recetas electrónicas en las obras sociales PAMI, OSDE, Sancor, Prevención Salud, Andar, etc.

Desde el Colegio de Farmacéuticos resaltaron que "no está prohibida en nuestra provincia la continuidad de la receta papel, seguirá vigente hasta nuevo aviso".

Según informaron desde el Gobierno nacional, a partir del 1° de enero de 2025, la receta electrónica es la única modalidad vigente para la prescripción de medicamentos.

A través del Decreto 345/2024, la normativa establece la necesidad de cambiar la modalidad de las prescripciones, hoy indicadas en papel, a recetarios de plataformas digitales.

Las plataformas de prescripción de receta electrónica deben estar inscriptas por el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

Para garantizar la dispensa en todas las farmacias del país, el Ministerio de Salud dispuso que los sistemas informáticos por los cuales se validan y despachan las recetas electrónicas deben estar disponibles para todas las plataformas de prescripción y farmacias en las que el paciente requiera sus medicamentos.

Durante la etapa de plena implementación a partir del 01/01/25 las plataformas de recetas electrónicas deben estar aprobadas por el ReNAPDiS.

Validez

Las plataformas de recetas electrónicas deben estar aprobadas por el ReNaPDiS para que las mismas sean válidas.

Los profesionales deben emitir sus recetas través de una plataforma de prescripción electrónica de medicamentos que esté aprobada por el RENAPDiS del Ministerio de Salud de la Nación.

Las personas que tengan recetas en papel emitidas hasta el 31/12/24 podrán obtener sus medicamentos en una farmacia como hasta ahora, dentro de su período de vigencia habitual.

La receta manuscrita permanecerá como contingencia bajo condición de excepción en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema.

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