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EL DIARIO digital
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Un hombre de 57 años fue condenado en General Pico a una pena de prisión efectiva por tres casos de abuso sexual. Las víctimas fueron dos de sus nietas y las hijas de su expareja.
El juez Federico Pellegrino avaló un acuerdo de juicio abreviado, el pasado 23 de diciembre, donde se imponía al imputado la pena de 3 años y 3 meses de prisión de efectivo cumplimiento a un hombre domiciliado en General Pico, imputado en una causa por abuso sexual agravado y en otra por abuso sexual simple, con tres víctimas.
El acuerdo se realizó entre las partes intervinientes en el proceso, el Dr. Francisco Agustín Trucco, por el Ministerio Público Fiscal, el Dr. Mauro Gabriel Fernández como patrocinante letrado de la Querellante, y por el Defensor Oficial Dr. Walter Vaccaro, quien asistió en la defensa técnica al imputado.
Los hechos
Según los expedientes, los hechos se produjeron, sin precisar exacta, entre los meses de febrero y junio de 2022, cuando el imputado produjo tocamientos por debajo de la ropa de sus nietas, de 8 y 6 años de edad, cuando quedaba al cuidado de las menores.
Además, en 2023, el imputado abusó sexualmente en reiteradas oportunidades a dos menores, de 10 años ambas, hijas de su ex pareja. Los hechos se producían cuando el acusado se presentaba en el domicilio para llevarle distintos elementos al hijo que tiene en común con la madre de las dos niñas.
Otro hecho similar se produjo durante el día de la madre del 2023, mientras comían un asado en la casa de su ex pareja. Además, en agosto del 2022, durante el cumpleaños de otra nieta, el imputado manoseó a una menor de 14 años en la vereda de un local comercial.
Acuerdo
Con las pruebas presentadas en el debate, que incluyeron las declaraciones de las víctimas en Cámara Gesell, las partes y el imputado llegaron a un acuerdo de Juicio Abreviado, habiéndose realizado el día 11 de diciembre del corriente año la Audiencia de visu que establece el art. 365 del Código Procesal Penal.
"Entiendo que en la presente causa se cumplieron con los requisitos formales para la procedencia de la vía de Juicio Abreviado, ya que el imputado reconoce de forma libre y voluntaria la autoría de los ilícitos investigados, siendo tal confesión válida como elemento de prueba, existiendo además del escrito acordado por las partes, su manifestación en la audiencia de visu", expresó el juez Pellegrino en su fallo.
El magistrado piquense agregó que "el acuerdo logrado en cuanto a la pena aplicable, aparece como responsabilidad del Ministerio Público Fiscal, siendo su facultad optar por una pena menos gravosa con el beneficio de una condena rápida y efectiva".
Finalmente, el juez condenó al imputado como autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple agravado por la condición de ascendiente y por la situación de guarda y abuso sexual simple en concurso real a la pena de tres años y tres meses de prisión de efectivo cumplimiento.