La Pampa

Exoneraron a Daniel Beninato del Estado Provincial

La condena a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional había sido ratificada en todas las instancias del Poder Judicial de La Pampa. Ahora, quedó firme.

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EL DIARIO digital

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El Gobierno Provincial exoneró de la Administración Pública al contador y exfuncionario del Tribunal de Cuentas, Daniel Beninato que fue condenado por el delito de abuso sexual. El decreto 4660, del pasado 12 de noviembre, registró "la sanción disciplinaria de exoneración en el Legajo Personal del ex agente Daniel Omar Beninato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 278 inciso a y c de la Ley N° 643".

El decreto fue publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Provincia. 

En junio pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso extraordinario presentado por Beninato, en la causa en la que fue condenado a dos años y seis meses de prisión como autor del delito de abuso sexual simple. El recurso fue declarado "inadmisible".

La causa agotó todas las instancias legales y quedó firme. La condena a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional contra el contador Beninato había sido ratificada en todas las instancias del Poder Judicial de La Pampa.

El ex funcionario del Tribunal de Cuentas fue hallado culpable del delito de abuso sexual simple; mediando violencia, abuso coactivo o intimidatorio en una relación de dependencia o de abuso de poder como delito continuado, en el marco de la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres.

Beninato fue sentenciado el 6 de mayo de 2021 por el juez de audiencia Daniel Sáez Zamora, tras la realización del juicio oral, en el que intervinieron el fiscal Cristian Casais y el querellante Rodrigo Villa, en representación de la víctima. Tanto la fiscalía como la querella habían pedido una pena de tres años en suspenso, mientras que el defensor Mario Aguerrido había solicitado la absolución por aplicación del principio de la duda.

En su fallo, Sáez Zamora, con las pruebas reunidas, dio por probado que "entre la época de Pascuas de 2011 y hasta el 2017, cuando ingresó una nueva empleada" a su estudio particular, el acusado abusó sexualmente de la denunciante. El primer hecho ocurrió un sábado y sin presencia de terceros; "continuando los demás con frecuencia, en horario de tarde". Los abusos consistieron en tocamientos, acercamientos y muestra de videos pornográficos.

El fallo fue ratificado por el Tribunal de Impugnación Penal (TIP). 

En noviembre de 2021, el Superior Tribunal de Justicia rechazó "in límine" dos recursos, el primero de casación y el otro, extraordinario federal, que su abogado defensor, José Mario Aguerrido, presentó oportunamente para tratar de revertir el fallo condenatorio.

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