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Cremación y herencia en disputa: Confirman la condena a uno de los hermanos mendocinos

Los Ander Egg eran herederos del bioquímico Oscar Cadenas, ordenaron cremar sus restos y así evitar que se realicen las pruebas de ADN reclamadas por un piquense reconocido como único hijo biológico del fallecido.

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EL DIARIO digital

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General Pico (Agencia) – El Tribunal de Impugnación Penal confirmó ayer la condena contra uno de los hermanos mendocinos, herederos testamentarios del bioquímico Oscar Cadenas, por ordenar cremar sus restos y así evitar que se realicen las pruebas de ADN reclamadas por un piquense que se presentó ante la Justicia para ser reconocido como único hijo biológico del fallecido. El fallo también mantuvo la absolución del otro hermano.

Cabe recordar que el bioquímico Cadenas falleció en el año 2012 y dejó todos sus bienes en un testamento a nombre de sus sobrinos, los hermanos Ander Egg. El proceso de sucesión duró alrededor de 7 años, donde los herederos liquidaron todos los bienes inmuebles del profesional y se hicieron de una suma millonaria. A fines de 2019, Darío Oscar Alomar se enteró que podía ser hijo de Cadenas y recurrió a la Justicia Civil para solicitar un ADN y la "acción de reducción de herencia".

Enterados de ello y en plena pandemia, los hermanos Ander Egg tramitaron la urgente cremación de los restos del bioquímico y otros familiares que estaban en el cementerio de Pico. En la causa civil, a pesar de no poder avanzar con el ADN, en primera instancia ya dictaminó que Alomar es hijo de Cadenas, mientras que en la causa penal el juez Marcelo Pagano halló como único responsable a Guillermo Ander Egg, ya que no encontró pruebas suficientes para condenar también a su hermano Alejandro.

Guillermo Federico Ander Egg, de 56 años, fue considerado autor material y penalmente responsable del delito de "supresión del estado civil y de la identidad" y condenado a tres años de prisión en suspenso. Mientras que Alejandro Ander Egg fue absuelto. Ahora, los jueces del TIP Gabriel Lauce Tedín y Maria Eugenia Schijvarger acaban de confirmar la sentencia de Pagano en todos sus términos, tras rechazar los planteos de Fiscalía, Querella y Defensa.

Resolución

Durante el debate celebrado en el mes de junio quedó claro que todas las acciones formales para ordenar la cremación del cuerpo fueron llevadas a cabo por Guillermo Ander Egg, apoderado del procedimiento de herencia. A pesar de ello, tanto Fiscalía como Querellla entendieron que existió una errónea valoración de la prueba por parte del juez, al considerar que los dos hermanos "decidieron de común acuerdo" cremar los restos, mientras que Alejandro "pretendió aparecer desvinculado".

En ese sentido, el TIP consideró que "los agravios de los acusadores no pueden prosperar". Y descartaron "las circunstancias apuntadas en cuanto a la existencia de una coautoría funcional con división de tareas entre Guillermo Ander Egg y Alejandro Ander Egg".

Fundamentaron en ese sentido los dichos de las responsables de los cementerios, donde descansaban los restos de Cadenas y donde se cremaron, al indicar que "ha quedado demostrado a partir de la comparencia de las testigos María de los Angeles Lodeiro y Yésica Morales que las comunicaciones en todo momento se mantuvieron con Guillermo Ander Egg".

La Defensa por su parte achacó la incorporación de algunas pruebas y atacó cuestiones técnicas del fallo de Pagano. El TIP descartó dichos planteos y afirmó que "Guillermo Ander Egg efectivamente sabía de la acción de reducción de herencia y daños y perjuicios, y por eso el apuro para proceder a la cremación…".

En sintonía con el fallo de primera instancia, el Tribunal de Impugnación coincidió en que no se hallaron pruebas suficientes para condenar a Alejandro y mantuvo su absulución.

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