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La Recova: otro fallo a favor de los Ortiz por un local

La Cámara de Apelaciones en lo Civil rechazó la apelación de Santiago Corredera contra un fallo que negó que los Ortiz lo hubieran despojado del local de Yrigoyen 15. En la sentencia afirman que el apelante nunca tuvo posesión de ese local, lo que confirma en otro fallo la propiedad y la posesión sobre ese local de Recova.

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EL DIARIO digital

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El fallo de las juezas Laura Torres y Marina Alvarez –quienes se hicieron cargo de la maraña judicial de este caso que lleva 24 años en la Justicia- es un paso más hacia una realidad más cierta: el desalojo de Antonio Corredera de la confitería La Recova (el local céntrico de Avellaneda e Yrigoyen en Santa Rosa), más allá que este paso se definirá en otro expediente.

Tal es la maraña legal que el 7 de octubre a las 18.52 la Cámara de Apelaciones se pronunció por el desalojo de Santiago Corredera al local de Yrigoyen 15 -el que concedió, pero declaró abstracto porque Ortiz legalmente realizaron otro contrato de alquiler -  y a las 18.54 se anotó el fallo que le negó a Corredera la posesión sobre ese mismo local.

Historia repetida

Los Ortiz tomaron posesión del local de Yrigoyen 15, después que la Justicia confirmara que estaba registrado a su nombre.

En primera instancia, ya una jueza había negado la pretensión de Santiago Corredera (junto a otras actoras) de considerar un despojo la posesión que ejercieron los Ortiz, al firma un contrato de alquiler primero con una firma de celulares VJPO S.A. y después con el senegalés Diop.

En este expediente se reactualizó toda la historia del caso La Recova: la pelea de los Corredera, el juicio de la división de la sociedad de hecho, el surgimiento del impedimento de Antonio Corredera a comprar en los años '80 por su condición de administrador de la sucesión Camarero, la anulación de la escritura de compra y la anotación en el Registro de la Propiedad Inmueble del 50% del local Recova a favor del zapatero Angel Ortiz Cereceda (parte que pasó a los herederos, Liliana, Carlos y Daniel).

Los Corredera denunciaron que los Ortiz mediante violencia y en forma clandestina tomaron posesión del local.

La jueza Laura Torres afirmó que "no existió desapoderamiento mediante clandestinidad ni violencia sino el ejercicio por parte de Liliana Ortiz de su derecho de condómina (tal como lo declaró)".

Además señala que "en la causa no existe prueba alguna concreta que demuestre que desde la suscripción del contrato de locación en el año 2013 y hasta su vencimiento en maro de 2016 Santiago Corredera hubiera recuperado la posesión del local".

"Tampoco advierto probado reitero, que la aparición de Liliana Ortiz al suscribir el contrato locativo con VJP SA (primero) o a través de un préstamo a Diop Abdou (después) fuera en forma clandestina o con violencia", dice Torres.

La jueza Marina Álvarez recuerda que los Ortiz son dueños del local La Recova, y que esto fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia. Por lo tanto el contrato de Ortiz con VPJ SA no fue ilegítimo ni que pueda Corredera invocar un "desalojo". Y también considera, como la jueza Torres que Santiago Corredera no pudo haber sido "desapoderado" ya que no existió prueba que hayan recuperado la posesión después de la finalización del contrato de alquiler con VJP SA finalizado en marzo de 2016.

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