La Pampa

Productores cuestionan el borrador de la reglamentación de la ley de Plaguicidas

El borrador tiene 18 páginas en sus artículos reglamentarios, que los productores califican como "una verdadera locura burocrática".

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EL DIARIO digital

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Los productores agropecuarios de La Pampa salieron a cuestionar el borrador de la reglamentación de la ley 3288 de gestión integral de plaguicidas. El proyecto de ley fue aprobado en 2020 y tenía que ser reglamentada a los 120 días; por diferentes motivos hasta ahora se había postergado. De acuerdo con el borrador de la reglamentación, hay fuertes exigencias para diversos actores vinculados con la actividad, como los usuarios de esos agroquímicos, técnicos, los distribuidores/expendedores y hasta para aplicadores. Para los productores se hace más burocrática y compleja la tarea al introducir distintos registros y exigencias mayores. 

La Ley de Gestión Integral de Plaguicidas establece también una distancia de fumigación de 3 mil metros por aire y por tierra a 500 metros de los espacios urbanos. Impone que se deberá contar con la autorización municipal para aplicaciones terrestres entre los 500 y los 3000 metros.

"El Estado se asigna derechos que algunos consideran inconstitucionales, como el ingreso de la autoridad de aplicación a los campos rurales o la persona que se designe. Esto es un avance fenomenal del Estado sobre nuestra actividad. Hay productores que se están planteando si van a poder continuar. Se meten en la actividad nuestra de una forma brutal. Lo que está pasando en nuestra provincia es de un contrasentido enorme", dijo al diario La Nación Carlos Portu, un productor agropecuario e ingeniero agrónomo de la localidad de General Pico.

"Criminalizaría la actividad de pulverización y control de plagas en general. Burocratiza todo el asunto, obliga la inscripción a registros a todos los actores, productores, aplicadores, agrónomos. Esto anticipa que esos registros van a tener la aplicación de una tasa, con la intención de recaudar aún más. La reglamentación establece que cada aplicación va a ser un conjunto de exigencias burocráticas. Se va a pedir hacer cinco pasos por cada aplicación: diagnóstico previo, una receta de compra, una receta aplicación, un cierre de aplicación", explicó.

Entre las cosas que se busca reglamentar, cuando se hace referencia a las aplicaciones en zonas urbanas se señala que la autorización excepcional para el ingreso, guarda y/o depósito en el área urbana de equipos y/o máquinas empleadas para la aplicación agrícola terrestre y/o aérea de plaguicidas será otorgada a efectos de su reparación bajo condición de no haber taller fuera del área urbana. La autorización será otorgada por el municipio y/o municipio y/o comisión de Fomento por escrito y deberá contener, como mínimo, autorización de equipo y taller, análisis e investigación por centros especializados, entre otros puntos.

Para Ignacio Kovarsky, presidente de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap), hay muchos temas sensibles con respecto de esta reglamentación. Señaló que no se debe dejar en manos de los intendentes las distancias de aplicaciones sin un debate científico. Así como sucedió en la provincia de Buenos Aires, por eso se necesita que "las provincias marquen las distancias, los mínimos posibles". Esto porque con buenas prácticas y aplicaciones dirigidas no se necesitan distancias, sino una buena aplicación.

En total, el borrador tiene 18 páginas en sus artículos reglamentarios, que los productores califican como "una verdadera locura burocrática". A los aplicadores se les exigen 18 puntos. Entre ellos, además de cumplir con buenas prácticas agrícolas, con normas de seguridad y capacitación, tener la documentación de los empleados, contar con la inscripción de los equipos que usan, responder por los daños de una eventual aplicación incorrecta, planificar la aplicación en función de la distancia a zonas sensibles o pobladas y conservar por cinco años el remito o receta de compra del producto. Para el usuario responsable, el productor, también hay requisitos que van desde conservar por cinco años la receta de compra del producto, garantizar la correcta aplicación, cumplir con la normativa de protección al ambiente y reducir residuos de plaguicidas. En tanto, para los técnicos o asesores se plantea, entre otros puntos, que se hagan responsables de los daños de un eventual tratamiento incorrecto.

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