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Condena por violencia de género en 25 de Mayo

Un hombre recibió una pena de prisión en suspenso y deberá cumplir reglas de conducta. La pena fue impuesta en un juicio abreviado.

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EL DIARIO digital

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La jueza de control de 25 de Mayo, Daniela Johana Martínez, condenó este lunes a un hombre de 34 años a seis meses de prisión en suspenso por un caso de violencia de género contra su pareja. Además, le mantuvo las restricciones de acercamiento y contacto con respecto a la víctima.

Cristhian Gabriel Coli, empleado de una empresa petrolera, recibió esa pena por ser autor de los delitos de amenazas simples, daño simple y lesiones leves agravadas por el vínculo; concursando todo de manera real. Los hechos fueron enmarcados en la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres.

El conflicto penal se resolvió a través de un juicio abreviado que presentaron, en forma conjunta, la fiscala de esa localidad, Eugenia Paola Bolzan, el defensor particular Mariano Gualpa y el propio imputado, quien admitió su culpabilidad.

Martínez homologó ese acuerdo, y con las pruebas reunidas en el expediente, dio por probado que, después de una discusión de Coli con la empleada de un bar, él y su pareja regresaron al domicilio donde convivían. En esas circunstancias, y en medio de una discusión, la mujer quiso llamar a la policía. Él reaccionó quitándole el celular, tirándoselo al piso y danándoselo. En el forcejeo, el acusado le dijo "yo te voy a hacer cagar…" (sic).

La víctima intentó retirarse de la vivienda para ir a la comisaría, pero Coli la empujó hasta la casa. En ese momento pasó una pareja y colaboró para que el imputado cesara en su conducta agresiva. Un médico certificó que la mujer había sufrido escoriaciones y hematomas.

Por haberle fijado una pena de prisión condicional, la jueza dispuso que el acusado deberá cumplir durante dos años con las siguientes reglas de conducta: fijar residencia y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras; abstenerse de concurrir al domicilio de la víctima y tener contacto con ella por cualquier vía (telefónica, redes sociales o a través de otras personas); no acercarse a menos de cien metros de ella; y realizar un tratamiento psicológico.

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