La Pampa

Empresas de transporte escolar deberán devolver subsidios

Las firmas que prestan servicios de transporte escolar fueron condenadas por el Tribunal de Cuentas de La Pampa a devolver parte de los subsidios para el pago de salarios que recibieron durante la pandemia de Covid-19.

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EL DIARIO digital

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Dos empresas de transporte escolar fueron condenadas por el Tribunal de Cuentas a devolver parte de los subsidios que recibieron del Gobierno provincial durante la pandemia de coronavirus. El dinero era para pagar el salario de sus empleados, pero las firmas no justificaron ese gasto y ahora el organismo de control exige que lo devuelvan. 

Las empresas de transporte condenadas deberán devolver 1.743.628,65 de pesos y pertenecen Ana María Anzorena ($885.821,05) y Enrique Gabriel Marcos ($857.807,60).

No es la primera vez que el Tribunal de Cuentas condena a esas empresas por no justificar el destino del dinero que recibió. Hace unos meses a Anzorena se le reclamaron $ 119.897,41 y Enrique Gabriel Marcos, $785.840,14.

Las sentencias del TdC fuero publicadas en el último Boletín Oficial y las firmas tienen 10 días para efectuar el pago o les queda la posibilidad de presentar un Recurso de Revocatoria y presentar la documentación que respalde el gasto efectuado. 

Por la sentencia 2446 del pasado 9 de agosto, se le formuló cargo a Ana María Anzorena por $674.498,54 y Enrique Gabriel Marcospor $857.807,60.

El gobierno provincial le había transferido dinero "en concepto de reconocimiento de las sumas necesarias para afrontar el pago de los sueldos y de las cargas que se liquidan mediante Declaración Jurada del Sistema Único de la Seguridad Social (Formulario 931), y otros costos operativos vinculados a la actividad correspondientes a los meses de marzo del año 2021". Fueron $1.162.490,90 a la empresa Anzorena; y $1.818.766,30 a la empresa Marcos. Al no rendir la totalidad del subsidio, el TdC los condenó a devolver la diferencia. 

La sentencia 2447 del TdC condenó a Anzorena a devolver $211.322,51 que no pudo justificar de un subsidio que recibió por un monto de $1.017.520,43. En ese mismo expediente, las empresas de transporte escolar de Marisa Silvia Alvarez y de Enrique Gabriel Marcos justificaron la totalidad del subsidio que recibieron. 

Al tratarse de un subsidio, las empresas no debían reintegrar esas sumas, pero sí tenían la obligación de rendir la inversión en un plazo de 15 días hábiles. Al no hacerlo, o hacerlo parcialmente, el organismo de control de los gastos del Estado -Tribunal de Cuentas- hizo valer su poder de policía para que los fondos no rendidos sean regresados a las arcas del Estado.

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