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Absolvieron a un joven de 18 años acusado de robo

El juez Daniel Sáez Zamora absolvió a un joven de 18 años que llegó a juicio acusado de robar una mochila con dinero y documentación de una auto en Toay. El acusado había sido detenido por la Policía momentos después del hecho.  

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EL DIARIO digital

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Durante la audiencia de juicio oral actuaron Facundo Bon Dergham en representación del Ministerio Público Fiscal, en tanto que actuó María Silvina Blanco Gómez por la Defensa Pública.

Según la acusación, el pasado 19 de agosto del 2024 a las horas 19,35, aproximadamente, Alexis Gabriel Rosane "sustrajo del interior de un Chevrolet Agile, estacionado sobre la calle Urquiza Nº 565 de Toay, una mochila de cuerina negra, que contenía en su interior una billetera de color blanca, con documentación y la suma de $ 4.000, propiedad de AKB. Para ello dañó la ventanilla lateral derecha delantera. Esta situación fue registrada por una cámara de seguridad de un gimnasio, y que diera motivo a que se alertara a la damnificada y a la policía, siendo aprehendido el imputado en las calles España y Sarmiento de esa localidad, a unas cuadras del lugar en donde ocurrió el hecho, secuestrándose el dinero sustraído entre sus pertenencias, mientras que los restantes elementos fueron arrojados sobre la calle Urquiza, a escasos metros de la Roque Sáez Peña". 

Durante el juicio oral declararon varios testigos y "como prueba de cargo también se aportó un video de una cámara de vigilancia de un gimnasio cercano al lugar donde se encontraba estacionado el Chevrolet Agile de la damnificada".

El juez explicó que "luego de ser reproducido durante la audiencia y vuelto a ver varias veces para la redacción de esta sentencia, se puede observar a una persona que se acerca al vehículo y efectivamente se puede apreciar -con cierta dificultad dada la distancia entre la cámara y el automóvil-, algún tipo de movimiento que se puede considerar que fue el momento del apoderamiento de la mochila de Barroso. Sin embargo, las imágenes no son claras dada la distancia".

"No se puede identificar con certeza que la persona que se acerca al Chevrolet Agile sea el acusado. Por dicho motivo, considero que este registro de video no permite confirmar la identidad del acusado como el autor material del apoderamiento", aseguró el juez en la sentencia.

"En definitiva, con los elementos probatorios de cargo producidos durante la audiencia de debate, no se ha podido verificar con precisión la teoría del caso de la acusación y por ende quebrar el principio de inocencia del que goza el acusado", precisó.

Saez Zamora fundamentó que "si bien la prueba permite considerar razonablemente una sospecha en contra del acusado, lo cierto es que, en esta etapa procesal, la sospecha debe convertirse en certeza, circunstancia que no ha podido verificarse".

"Como lo he sostenido en otros casos, los derechos de las víctimas deben estar debidamente balanceados con las garantías que amparan al acusado. Y para vencer el estado de inocencia se debe probar con total certeza la autoría material del hecho investigado. Este punto crítico no ha podido ser superado con la evidencia existente", concluyó.

Por esto, el juez absolvió "a Alexis Gabriel Rosane por el delito por el que vino acusado".

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