La Pampa

La Corte dejó firme la condena contra Beninato 

El exfuncionario del Tribunal de Cuentas de La Pampa fue condenado a 2 años y 6 meses de prisión por el abuso sexual simple contra una exempleada de su estudio contable particular. 

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EL DIARIO digital

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso extraordinario presentado por el contador y exfuncionario del Tribunal de Cuentas de La Pampa, Daniel Beninato, en la causa en la que fue condenado a dos años y seis meses de prisión como autor del delito de abuso sexual simple. El recurso de Beninato fue declarado "inadmisible". 

La causa agotó todas las instancias legales y quedó firme. La condena a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional contra el contador Beninato había sido ratificada en todas las instancias del Poder Judicial de La Pampa. El ex funcionario del Tribunal de Cuentas fue hallado culpable del delito de abuso sexual simple; mediando violencia, abuso coactivo o intimidatorio en una relación de dependencia o de abuso de poder como delito continuado, en el marco de la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres.

Beninato fue sentenciado el 6 de mayo de 2021 por el juez de audiencia Daniel Sáez Zamora, tras la realización del juicio oral, en el que intervinieron el fiscal Cristian Casais y el querellante Rodrigo Villa, en representación de la víctima. Tanto la fiscalía como la querella habían pedido una pena de tres años en suspenso, mientras que el defensor Mario Aguerrido había solicitado la absolución por aplicación del principio de la duda.

En su fallo, Sáez Zamora, con las pruebas reunidas, dio por probado que "entre la época de Pascuas de 2011 y hasta el 2017, cuando ingresó una nueva empleada" a su estudio particular, el acusado abusó sexualmente de la denunciante. El primer hecho ocurrió un sábado y sin presencia de terceros; "continuando los demás con frecuencia, en horario de tarde". Los abusos consistieron en tocamientos, acercamientos y muestra de videos pornográficos.

La condena a dos años y seis meses de prisión en suspenso, también incluyó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta: fijar un domicilio; someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras; prohibición absoluta de acercamiento y contacto con la víctima a menos de 100 metros; y recibir un curso reeducativo con la finalidad de modificar "patrones y estereotipos socioculturales que vulneran los derechos de las mujeres".

El fallo fue ratificado por el Tribunal de Impugnación Penal (TIP). 

En noviembre de 2021, el Superior Tribunal de Justicia rechazó "in límine" dos recursos, el primero de casación y el otro, extraordinario federal, que su abogado defensor, José Mario Aguerrido, presentó oportunamente para tratar de revertir el fallo condenatorio.

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