Ambiental

Plaguicidas NO

En el último mes en La Pampa se está debatiendo la reglamentación de la Ley Provincial N°3288/20 que regula y limita el uso de plaguicidas en la provincia. Esto a desatado un amplio debate. En la columna ambiental de hoy abordaremos, desde la salud ambiental, por qué se debería reglamentar la ley.Escribe: Ing. Florencia Srur

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La Ley Provincial N°3288, sancionada en 2020, cuenta con tres autoridades de aplicación en la provincia: la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Producción. Esta ley establece un marco para la Gestión Integral de Plaguicidas, con los objetivos de "proteger la salud humana, la sanidad y calidad animal y vegetal, el ambiente, sus recursos naturales y ecosistemas, la producción agropecuaria y el patrimonio de terceros de posibles daños"; "preservar la calidad de los alimentos y materias primas de origen vegetal y animal"; "asegurar la trazabilidad de productos que, en el marco de esta ley, puedan tener efectos sobre la salud humana y el ambiente, incluyendo envases y residuos"; "contribuir al desarrollo sostenible mediante un uso correcto, racional y óptimo de productos con potencial impacto en las personas y el ambiente"; "mitigar el impacto ambiental de estos productos" y "controlar, preservar y mantener la calidad, fertilidad y productividad de los suelos".

A pesar de sus objetivos claros y su intención de articular tres áreas clave del Estado para abordar esta problemática, varios productores y entidades rurales se han opuesto firmemente a la reglamentación de esta ley, utilizando argumentos que se alejan de los objetivos de salud pública y protección ambiental. Entre estos, algunos insisten con los argumentos falaces de "los fitosanitarios son inocuos para la salud" y "sin plaguicidas, no se podría alimentar a toda la población mundial".

Respecto al primer argumento para no reglamentar la ley, el 31 de agosto de 2023, se publicó en la revista científica The Proceedings of the National Academy of Sciences (PNAS) un artículo titulado "Agricultural Intensification and Childhood Cancer in Brazil" (Intensificación agrícola y cáncer infantil en Brasil). En este estudio, investigadores de universidades estadounidenses relacionan la rápida expansión de la soja y el aumento del uso de pesticidas en los biomas del Cerrado y Amazonas de Brasil con un incremento en la mortalidad infantil por leucemia. Para el análisis, se utilizaron datos de salud, uso del suelo, aguas superficiales y demografía en áreas rurales con al menos un 25 % de superficie agrícola. Los resultados muestran que entre 2008 y 2019, 123 niños menores de 10 años murieron de leucemia linfoblástica aguda (LLA) asociada a la exposición a plaguicidas, de un total de 226 muertes por esta enfermedad registradas en el mismo período. Esto coincide con el aumento significativo de la producción de soja, que se triplicó en el Cerrado y se multiplicó por 20 en la Amazonia entre 2000 y 2019, así como con el incremento en el uso de plaguicidas, que se multiplicó de 3 a 10 veces en el mismo período. Además, los productores de soja en Brasil utilizan pesticidas a un ritmo 2,3 veces mayor por hectárea que en Estados Unidos.

En cuanto al segundo argumento de los productores, aunque la población mundial ha alcanzado los 8 mil millones y es necesario producir alimentos a gran escala, el hambre en el mundo sigue siendo un problema creciente, afectando a 735 millones de personas en 2023 frente a los 613 millones en 2019. Esto muestra que, lejos de alcanzar la seguridad alimentaria, estamos expuestos a riesgos para la salud sin lograr mejorar la calidad alimentaria ni reducir la hambruna.

Además, en nuestra provincia se observan continuamente prácticas inadecuadas relacionadas con el uso de agroquímicos. Es común encontrar en localidades con impronta agropecuaria, herramientas y elementos de aplicación peligrosos en lugares inadecuados, como máquinas aplicadoras estacionadas en canchas de fútbol infantil, bidones de fitosanitarios vacíos reutilizados para almacenar agua o alimentos sin una limpieza adecuada, o bidones enterrados ilegalmente sin tratamiento previo.

La provincia ha optado por sancionar esta ley, no solo para cumplir con acuerdos internacionales suscritos por el país y con el Artículo 41 de la Constitución Nacional sobre el derecho a la salud y a un ambiente de calidad, sino también para enfrentar los grandes problemas de las personas que residen en localidades o ciudades agrícolas y prevenir enfermedades graves y la contaminación de nuestros recursos naturales. Reglamentar esta ley es el siguiente paso lógico: la salud pública y el cuidado del ambiente no deberían estar sujetos a intereses particulares.

*Ingeniera en Recursos Naturales y Medio Ambiente. MPN365

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