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Extendieron la prisión preventiva de Baraldini, Greppi y Reinhart

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El Tribunal Oral Federal de Santa Rosa extendió por seis meses la prisión preventiva del exjefe de policia de La Pampa, Luis Baraldini, el excapitan Néstor Greppi y el expolicía Carlos Reinhart, a la espera del nuevo juicio por delitos de lesa humanidad que se hará a partir del 12 de abril próximo.

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El TOF -integrado por los jueces Pablo Díaz Lacava, Marcos Aguerrido y José Marío Tripputi- emitó el fallo el pasado 26 de enero. Además ordenaron que Baraldini, Greppi y Reinhart sigan en una cárcel común, en una unidad penitenciaria.

Fueropn dos fallos diferentes. En uno se analizó la situación de Baraldini y Greppi y en otro la de Reinhart.

Carlos Roberto Reinhart -condenado por manejar la picana en las torturas realizadas por el grupo de tareas de la subzona 1.4 que integrabana militares y policías pmapeanos- fue procesado con prisión preventiva el 7 de julio de 2016 en la tercera causa por delitos de lesa humanidad en La Pampa durante la última Dictadura Militar.

En esa causa, el 6 de septiembre de 2018, a instancias nuevamente del magistrado a cargo del Juzgado Federal se prorrogó la aplicación de la medida cautelar por el plazo de seis meses, resolución confirmada por la Cámara Federal de Bahía Blanca.

Posteriormente, una vez elevados los autos a esta judicatura, la medida cautelar se prorrogó en cuatro oportunidades.

El TOF sostuvo sus fallos -en los casos de Baraldini, Greppi y Reinhart- en los antecedentes establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso del "Tigre" Acosta, el jefe de la ESMA.

Baraldini y Greppi en el juicio anterior fueron condenados a la pena de 25 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua.

Rehinart está condenado a la pena de 14 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua.

El pasado 30 de noviembre de 2020 se llevó a cabo la audiencia preliminar en los términos de la Acordada 1/12

dictada por la Cámara Federal de Casación Penal y finalmente, se designó como fecha para la iniciación del debate oral y

público el 12 de abril de 2021.

En ese proceso, Luis Enrique Baraldini está acusado de ser coautor mediato de los delitos de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada en concurso real con el delito de tormentos -reiterado en diez oportunidades- y por el delito de abuso sexual deshonesto con acceso carnal en concurso real en dos ocasiones.

A Néstor Omar Greppi se lo acusa de ser coautor mediato por la comisión de los delitos de privación

ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por haberse cometido con violencia o amenazas en concurso real con el delito de tormentos -reiterado en seis oportunidades- y por el delito de abuso sexual deshonesto con acceso carnal en concurso real en dos ocasiones.

En este proceso Reinhart está acusado por la presunta comisión de delitos de privación ilegal de la libertad

cometida por funcionario público agravada por haberse cometido con violencia o amenazas en concurso real con imposición de tormentos (un hecho), en concurso real con el de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por haberse cometido con violencia o amenazas y con la duración de más de un mes en concurso real con imposición de tormentos (un hecho), en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal (un hecho).

Diaz Lacava, Aguerrido y Tripputi extienden la prisión preventiva de los acusados -que tienen más de 80 años y padecen enfermedades- porque "la normativa internacional que obliga a los Estados a no permitir la impunidad de los crímenes de lesa humanidad, debiendo arbitrar los medios necesarios para que la justicia se realice".

La Corte Suprema citó el caso colmbiano de “Hidalgo Garzón, Carlos del Señor y otros” con cita al fallo de la Corte IDH

Manuel Cepeda Vargas vs. Colombia del 26 de mayo de 2010, que exige "la imposición de una pena apropiada en función de la gravedad de los hechos, por la autoridad competente y con el debido fundamento, permite verificar que no sea arbitraria y controlar así que no se erija en una forma de impunidad de facto".

Además la misma Corte -en línea con el cumplimiento de tratados internacionales- optó disponer el encarcelamiento en una unidad penitenciaria de una persona de avanzada edad (89 años) que fue condenada por similares crímenes a los que aquí se investigan, en el caso del expolicía bonaerense, el genocida Miguel Etchecolatz.

También tuvieron en cuenta el criterio fijado por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal en las resoluciones nº

1743/19, 1744/19, 1745/19, 1746/19 y 1747/19 dictadas el 25 de septiembre de 2019 respecto de los imputados Miguel ángel Ochoa, Oscar Alberto Melazzi, Juan Domingo Gatica, Orlando Osmar Pérez y Jorge Osvaldo Quinteros a través de las cuales, se anuló el cese de prisión preventiva dictado por el TOF.

Consideran que los argumentos esgrmidos en la extensión de la prisión preventiva resoluciones anteriores siguen vigente. es decir la posiblidad de fuga.

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